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DEFENSORÍA UNIVERSITARIA

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¿Quiénes somos?

La Ley Universitaria N.° 30220, en su artículo 133º cuyo texto dice: “La Defensoría Universitaria es la instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable”.

Tiene autonomía en el ejercicio de sus funciones y es independiente de los órganos de gobierno de la Universidad.

Descargar la ley Universitaria – Articulo 133 (Descargar)

Estatuto de la UNDC – Articulo 115 (Descargar)

¿Para qué es competente la Defensoría Universitaria?

Defensoría Universitaria es competente para recibir las consultas, denuncias y/o reclamaciones de cualquier integrante de la comunidad universitaria relativas a la presunta afectación de derechos individuales.

Defensor Universitaria

Abg. Jonathan Pedro Contreras Fernandez

PRINCIPIOS

RESPETO A LA PERSONA

La actuación de la institución se hará respetando la integridad de toda persona que forme parte de la comunidad universitaria, evitando toda forma de mal trato, garantizando el máximo respeto de sus derechos y libertades fundamentales, en especial si se encuentran en situación de vulnerabilidad.

INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD

La Defensoría Universitaria, es un órgano autónomo e independiente. Su actuación debe ser imparcial rechazando cualquier tipo de interferencia o influencia en sus facultades.

AUTORIDAD RESPONSABLE

El Estado reconoce la autonomía universitaria. La Defensoría Universitaria busca que la autonomía inherente a las universidades se ejerza de conformidad con lo establecido en la Constitución, las leyes y demás normativa aplicable. La Defensoría Universitaria vela por el respeto de los derechos individuales de todos los miembros de la comunidad universitaria. Cuando el estricto cumplimiento de las disposiciones legales que rigen en la Universidad, suponga una restricción válida de derechos de alguno de los miembros de la comunidad universitaria, la Defensoría Universitaria velará porque ello se realice en un marco de respeto de los derechos fundamentales de la persona evitando que se generen situaciones de indefensión o arbitrariedad.

PROCEDIMIENTOS

¿Quién puede acudir a la Defensoría Universitaria?Puede acudir cualquier miembro de la comunidad universitaria en forma individual, sin restricción alguna.

¿Cómo puedes presentar tu consulta, denuncia y/o reclamación?

Puedes presentar tu consulta, denuncia y/o reclamación:

a) De manera presencial:
De lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

Estamos ubicados en el Local Académico SL05 – Campus Universitario, primer piso del Pabellón de Usos Múltiples, dentro de la Biblioteca Universitaria.

b) De manera no presencial:
– A través de los siguientes medios:

(Como canal excepcional): A través de mesa de partes virtual https://tramite.undc.edu.pe/mesadepartes/

Toda consulta, denuncia y/o reclamación se deberá presentar por escrito debidamente suscrito por el denunciante y/o reclamante, dirigido al defensor universitario.

En caso la denuncia y/o reclamación sea presentada al correo defensoria.universitaria@undc.edu.pe, se deberá enviar toda la documentación oportuna.

Es indispensable consignar una dirección electrónica para el envío de la respuesta.

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NORMATIVAS

Ley Universitaria N° 30220

Estatuto Universitario de la UNDC

Reglamento Defensoría Universitaria

Reglamento de Hostigamiento Sexual

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