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La Ley Universitaria N.° 30220, en su artículo 133º cuyo texto dice: “La Defensoría Universitaria es la instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable”.

La tarea fundamental de la defensora Universitaria es ejercer funciones a favor de los derechos de las personas

  • Brindar talleres y charlas de valores éticos, sensibilización de discriminación, prevención de hostigamiento sexual, violencia contra la mujer.
  • Ofrecer a la Comunidad Universitaria las soluciones a sus quejas e incidentes.
  • Actuar como mediador y conciliador en asuntos de su competencia con los órganos de gobierno universitario

Su finalidad es tutelar los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y promover mecanismos de gobernanza pública, espacios de diálogo y mediación en la comunidad universitaria para buscar la correcta resolución de conflictos y establecer una cultura de paz

“Brindar formación profesional científica, tecnológica y humanista, a los estudiantes universitarios, con valores, principios, liderazgo, investigación y responsabilidad social, comprometidos con el desarrollo sostenible de la provincia de Cañete y del país”.

“Los peruanos acceden a una educación que les permite desarrollar su potencial desde la primera infancia y convertirse en ciudadanos que valoran su cultura, conocen sus derechos y responsabilidades, desarrollan sus talentos y participan de manera innovadora, competitiva y comprometida en las dinámicas sociales, contribuyendo al desarrollo de sus comunidades y del país en su conjunto”.

La oficina dispone de un servicio de información para atender a todos los miembros de la comunidad universitaria que deseen realizar una consulta sobre situaciones donde esté en riesgo el respeto a los derechos y libertades.

Las competencias están establecidas en la Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento de la Universidad. Su principal competencia es: “Conocer quejas o reclamaciones, apelaciones, incidentes, que formulen los miembros de la Comunidad Universitaria vinculadas con la infracción de los derechos individuales”

La Defensoría Universitaria, tiene las siguientes funciones:

  1. Defensa de los derechos fundamentales de la persona y de la comunidad universitaria.
  2. Recepcionar y registrar las quejas, apelaciones, incidencias que le son presentadas y proponer las soluciones correspondientes ante los órganos de gobierno universitario.
  3. Promover iniciativas de mediación y conciliación e interponer buenos oficios en los asuntos de su competencia.
  4. Las otras funciones establecidas en los Reglamentos y Normas especiales, dentro del ámbito de su competencia.

La Defensoría Universitaria es la instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable . Es competente para conocer las denuncias y reclamaciones que formulen los miembros de la comunidad universitaria vinculadas con la infracción de derechos individuales.

No forma parte de las competencias de la Defensoría Universitaria, las denuncias vinculadas con derechos de carácter colectivo, derechos laborales, medidas disciplinarias, evaluaciones académicas de docentes y alumnos, y las violaciones que puedan impugnarse por otras vías ya establecidas en la Ley Universitaria, así como en el Estatuto y los reglamentos de la universidad.

Descargar la ley Universitaria – Articulo 133 (Descargar)

Estatuto de la UNDC – Articulo 115 (Descargar)

DEFENSOR UNIVERSITARIO

El Defensor universitario, es el encargado de garantizar los derechos de los estudiantes universitarios.

HORARIO DE ATENCIÓN VÍA WHATSAPP DEFENSORIA 962512203

Lunes a viernes de:  8:00.am a 11:30 am y 3:00 pm a 4:30 pm

Local:
Universidad Nacional de Cañete.

Correo electrónico: defensoria.universitaria@undc.edu.pe

 

TENEMOS UN WHATSAPP PARA ERRADICAR EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL

CELULAR 962512203

defensoria.universitaria@undc.edu.pe

 

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